Por Verónica Martínez Vielma
Los migrantes que transitan por el territorio nacional tienen los derechos que les reconocen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales firmados por México, sin importar su nacionalidad ni situación migratoria, con especial atención a grupos vulnerables como; niños, niñas y adolescentes, las mujeres, indígenas, adultos mayores y víctimas de delitos.
En México cada día incrementa el número de migrantes cruzando nuestro país, se ha vuelto una lucha constante por tratar de llegar al país vecino del norte, considerando que dicho incremento se debe en gran medida a la pandemia, pero también a la desigualdad social que existe en muchos países latinoamericanos.
En mi consideración es necesario políticas públicas para orientar y tener una ruta para las personas extranjeras que se encuentren en territorio nacional, tengan conocimiento de sus derechos y de las etapas del procedimiento administrativo migratorio, que conozcan que existe el Instituto Nacional de Migración encargado de asegurar a los migrantes con estancia irregular en un plazo máximo de 90 días, que es competente para verificar los documentos y determinar la situación migratoria.
Los extranjeros con estancia irregular en el país detenidos por el INM deben ser alojados en una Estación o Estancia Migratoria, no en una prisión. El INM no podrá realizar visitas de verificación migratoria en los lugares donde se encuentren migrantes albergados por organizaciones de la sociedad civil o personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección a los migrantes (artículo 76 de la Ley de Migración).
Los migrantes en situación irregular alojados en una Estación o Estancia Migratoria tienen los siguientes derechos: A la No discriminación ningún migrante puede ser discriminado por las autoridades debido a su origen étnico, nacionalidad, color, raza, sexo, religión, preferencia sexual o cualquier otra circunstancia.
Los migrantes tienen derecho a recibir un trato digno y humano durante toda su estancia en las instalaciones del INM. A la Información Al momento de su presentación, que debe constar en actas, las autoridades migratorias deben informar a los migrantes por escrito: sus derechos y garantías.
El motivo de su presentación, los requisitos establecidos para su admisión, sus derechos y obligaciones, así como las instancias ante las que pueden presentar sus denuncias y quejas.
Derechos Humanos a la asistencia legal, los migrantes alojados en instalaciones del INM tienen derecho a ser asistidos o representados por la persona que designen durante el procedimiento administrativo migratorio, así como a ofrecer y desahogar pruebas ante la autoridad competente.
Tienen derecho a contar con un traductor los migrantes que no hablen español tienen derecho a contar con un intérprete o traductor que conozca su idioma, durante todo el procedimiento administrativo migratorio.
En mi opinión las personas extranjeras que cruzan o se establecen en territorio nacional de manera irregular, por lo general son personas que buscan una mejor vida para ellos y para sus familias, seamos sensibles y empáticos y debemos tener presente que, en el país vecino del norte, hay un número importante de migrantes paisanos que buscan algo en común, le llaman “sueño americano”.
El gobierno en sus tres niveles, con ayuda de la sociedad civil debemos luchar juntos por el respeto de los derechos humanos de las personas migrantes y por la materialización de las leyes que los protegen.
- La autora del Artículo de Opinión es abogada y defensora de derechos humanos.