Tu Proyecto de Vida
Por Víctor Hugo Díaz
¿Qué pasaría si el asegurado fallece junto con el beneficiario del seguro? ¿Puede cualquier familiar reclamar la suma asegurada de su póliza de seguro? Esta experiencia ha sido para guardarla en el anecdotario, este que es un caso muy poco probable de suceder, ha sucedido y puede parecer complejo para asesor y resolver.
Este caso que pareciera para la araña, llegó recientemente para quedarse en las notas a guardar como experiencia profesional. Si hoy tu cuentas con un seguro de vida, sabrás perfectamente que desde el día que llenaste la solicitud, designaste a un beneficiario o varios, en el entendimiento que podías asignarle un porcentaje igual o distinto a cada uno, del total de la cantidad de suma asegurada, mientras este porcentaje sume como resultado 100%, suma asegurada que seguramente tu asesor te habrá ayudado a diseñar o te habrá enseñado a entender cómo funcionaría ésta en el caso de ser requerida por tu o tus beneficiarios.
Si bien es cierto que nadie está pensando en morirse, por aquellos que han pensado en no asegurar al generador de todos sus bienes y estilo de vida, ósea tú mismo (a menos que tengas un sugar daddy o sugar mommy), un seguro de vida se contrata con uno o varios objetivos, pero principalmente con la finalidad de disminuir o trasladar un riesgo a un tercero, que es una aseguradora o mutualista. Pero que pasa cuando tu póliza cumple con su propósito en vida, pues bien, puedes tener de regreso las aportaciones que has realizado a tu seguro, ¡ojo! Esto ya dependerá de las condiciones con las que hayas contratado. Lo segundo que podría pasar es que no llegues al final del plazo que has planeado y que podría ponerte en una situación de invalidez o fallecimiento, es aquí donde la aseguradora tiene la obligación de pagar suma asegurada a tus beneficiarios, mientras se de en las condiciones que te haya ofrecido.
Bueno y que sucede cuando estamos en el supuesto donde fallece el asegurado y en el mismo acto el beneficiario y no existía más que un beneficiario ¿Pueden reclamar interesados por parte de asegurado y beneficiario? Bien, si existiera conflicto de intereses por parte de posibles beneficiarios de la suma asegurada, entendamos que para poder resolver este asunto, se tendrá que recurrir a las autoridades judiciales, aunque existiera un testamento de una o ambas partes, ya que la suma asegurada es parte de un contrato privado que podría o no darse al beneficiario en el caso de fallecimiento del primero, por lo que podría nunca haber entrado a su patrimonio. Y por qué tendría que sujetarse a una controversia jurídica, para entender en propiedad de quien de las partes se encontraría la suma asegurada. Para explicarlo de otra forma, un asegurado asigna a beneficiario X, pero este beneficiario X fallece antes que el asegurado, pues bien la suma asegurada entra al patrimonio del asegurado y si este se encuentra con la capacidad jurídica, tendrá que asignar nuevo o nuevos beneficiarios, mientras que en un segundo ejemplo, fallece el asegurado, el beneficiario recibirá en su patrimonio la suma asegurada, si este llega a fallecer por obvias razones este dinero entra a sucesión del beneficiario, bien sea testamentaria o intestamentaria.
Lo que no podrá pasar en este caso es que la aseguradora, sin tener datos de un nuevo beneficiario, determine por cuenta propia quien tiene derecho a recibir la cantidad de dinero que exista en la póliza, así que si llegarás a caer en una situación parecida, ya sabes por donde tendrás que empezar.
Si quieres aprender de este y otros temas, no dudes en contactarme, al igual si requieres más información o asesoría de previsión financiera, puedes encontrarme en redes sociales como @HugoDiazMiAgente. Como siempre espero que estén muy bien, que tengas una excelente semana, asegúrate de vivir tus sueños y cumplir tu proyecto de vida.
- El autor del Artículo de Opinión es Asesor Financiero y Fundador de Capital Inteligente. Tu Proyecto de Vida.