Por la Redacción
El presidente de la Junta Política y de Gobierno, Alejandro Martínez Bermúdez, acompañado por la diputada Marguis Zoraida del Rayo y el diputado Julio César Solís Serrano, recibió una denuncia de Juicio Político en contra del gobernador Cuauhtémoc Blanco Bravo, y la solicitud de renuncia inmediata del comisionado Estatal de Seguridad, almirante en retiro José Antonio Ortiz Guarneros.
El documento fue presentado por la Nueva Asociación de Abogados Morelenses para México, y con la participación de la Barra de Abogados del estado de Morelos, presididas, respectivamente, por los licenciados Luis Ignacio Reyes Andraca Domit Ayub y Alexis Jair Velasco Alcocer, quienes acudieron acompañados por miembros de sus agrupaciones y volverán el jueves al Congreso del estado para ratificar el procedimiento.
Los abogados explicaron en un comunicado, que la denuncia se presenta “por acción, omisión, contravención a la Constitución, a las leyes en materia de seguridad pública, desde lo federal hasta lo local, así como la inaplicación y ruptura de los planes, programas, proyectos, así como desvío y/o subejercicio de los presupuestos en materia de seguridad”.
De esta forma, el desempeño de los servidores públicos en cuestión “ha dado como resultado la ruptura al pacto no solo federal, sino a la Constitución local, generando graves afectaciones a la vida pública institucional del estado, así como a la paz y armonía de las y los morelenses”.
En entrevista, Luis Ignacio Reyes Andraca dijo que presentaron la denuncia de juicio político a que los faculta la ley como una solicitud ciudadana. “La moneda está en el aire, en un documento, me parece, nítido, estudiado, trabajado, probado, sobre todo; están los elementos que creemos conductivos, por lo tanto, ya está en la cancha de los diputados, lo recibieron algunos de ellos por parte de la Junta Política porque ese es el acto protocolario” después de presentarlo primero en la Secretaría de Servicios Legislativos.
De acuerdo con ambos dirigentes gremiales, la denuncia se da “con base en el Título Cuarto de la Constitución Federal, en el Título Séptimo de la Constitución local y en la Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, estrictamente con base en varias hipótesis que concurren, consideramos concomitantemente al articulo Décimo de esta Ley”.