Por Minerva Delgado
La Comisión Estatal de Seguridad Pública (CES) emitió un decreto que permitirá al personal de esa institución, no necesariamente policías, recibir un beneficio económico denominado “pago extraordinario por funciones”.
El acuerdo se ‘sustenta’ en razón de que el Diagnostico Nacional Sobre las Policías Preventivas de las Entidades Federativas del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), coloca a Morelos entre los estados que cuentan con salarios netos por abajo de la media nacional.
“… se propone con el presente acuerdo, brindar mayor certeza jurídica al personal de seguridad pública, considerando que son quienes intervienen en las actividades tendientes a resguardar el orden público y la paz social en la entidad, pues la compensación al salario del personal perteneciente a la Comisión Estatal de Seguridad Pública del Estado de Morelos, derivada de su desempeño, promueve la competencia entre los funcionarios y trae consecuencias positivas para la institución, las cuales se ven reflejadas en los resultados de los asuntos de nuestra competencia, resueltos satisfactoriamente”, precisa el acuerdo.
Sin embargo, líneas más adelante “el pago extraordinario por funciones” se convierte en una medida discrecional, al establecer que el “personal que recibirá el pago por funciones, será determinado por el área correspondiente de acuerdo a la función asignada y prevista en la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Morelos y será validado por sus superiores jerárquicos hasta el nivel de Coordinación General o director general”.
Inclusive, es una facultad exclusiva del Comisionado Estatal de Seguridad Pública, el almirante en retiro, José Antonio Ortiz Guarneros, determinar “en última instancia” la aplicación o no de los pagos, suspensiones o reasignación por funciones del personal de la Comisión
El cálculo de los montos para la asignación del pago se realizará de acuerdo a las funciones y al desempeño, bajo los siguientes criterios: a) El “pago por funciones” será el importe que resulte de la diferencia entre el salario tabular neto y el importe del clasificador que se otorga; y, b) El importe que resulte de la diferencia entre el total de las percepciones en su recibo de nómina y el importe del clasificador que se otorgue.
Y según lo determine la Coordinación de Desarrollo y Fortalecimiento Institucional de la CES, la asignación del pago extraordinario será de acuerdo al “Tabulador del pago extraordinario por funciones”, y se cubrirá con el monto destinado para el otorgamiento de estímulos y compensaciones autorizados en el Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Morelos, para el presente ejercicio fiscal 2021, y los subsecuentes, hasta el 30 de septiembre de 2024, fecha hasta la que estará vigente el acuerdo.
Participarán del monto para el otorgamiento de estímulos y compensaciones, el personal adscrito a todas las unidades de la Comisión, con plaza presupuestal y el pago solo podrán recibirlo, quienes se encuentren activos; si se encuentran de licencia, incapacidad o suspensión laboral, el pago será suspendido y al reanudar labores deberá ser solicitado de nueva cuenta por el área correspondiente en caso de ser nuevamente reasignado.
Asimismo, los estímulos que el personal de las unidades administrativas de la comisión perciba por concepto del monto para el otorgamiento de estímulos y compensaciones, en ningún caso formará parte del salario de los trabajadores sujetos al beneficio que concede el presente instrumento, dado que no constituyen una percepción obligatoria ni permanente, sino que, son el resultado de su esfuerzo evaluado mensualmente”, detalla el acuerdo firmado por el Comisionado Estatal de Seguridad, que se encuentra publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” de fecha 10 de noviembre.