Por Minerva Delgado
La LV legislatura local promovió la que representa su primera Controversia Constitucional a través de la cual, busca ‘defender’ la inmunidad procesal del Fiscal General del Estado (FGE), Uriel Carmona Gándara.
La Controversia se encuentra registrada con el número 151/2021 y ha sido presentada por el presidente de la mesa directiva del Congreso, Francisco Sánchez Zavala en representación del Poder Legislativo de Morelos; fue entregada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 19 de octubre pasado.
A través de este recurso, la LV legislatura local pretende ‘combatir’ la decisión de la Sección Instructora de la Cámara de diputados federal, de fecha 14 de septiembre, a través de la cual “con 274 votos a favor, 108 en contra y 2 abstenciones desechó el juicio de desafuero de Uriel Carmona Gándara, Fiscal General del Estado de Morelos, al establecer que el funcionario no cuenta con inmunidad procesal penal federal”.
Para el Congreso de Morelos, esa decisión “le arrebata las facultades del Poder Legislativo del Estado de Morelos e invade su esfera competencial, prevista en el párrafo quinto del artículo 111 de la Constitución Federal, determinación que sostiene que el Fiscal General del Estado de Morelos no se encuentra investido de fuero constitucional, pese a ser el miembro titular de un organismo al que la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos le otorga autonomía en cumplimiento a lo señalado por la fracción IX del artículo 116 de la Constitución Federal.”
Resuelve Cámara de diputados que Fiscal no goza de fuero
La decisión de fecha 14 de septiembre emitida por la Sección Instructora colocó a Carmona Gándara ‘de facto’ a disposición del Ministerio Público Federal, al resolver que el Fiscal General del Estado de Morelos carecía de fuero constitucional, elemento indispensable para la procedencia solicitada por el Ministerio Público Federal.
El proyecto de la sección instructora de la Cámara de diputados, resolvió que la solicitud de procedencia presentada por la Fiscalía General de la República (FGR) debía desecharse, de conformidad con lo precisado en los considerandos subsecuentes en donde se funda la inexistencia de la inmunidad procesal penal que establece el párrafo del artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que menciona a aquellas autoridades de las entidades federativas respecto de las cuales es necesario que la Cámara de diputados del Congreso de la Unión emita una declaratoria de procedencia; catálogo en el que no se encuentran los titulares de los órganos constitucionales autónomos como es el caso del Fiscal General del Estado de Morelos.
Una de las intervenciones más didácticas expresadas en aquel momento en la máxima tribuna del país durante el debate que se prolongó por casi dos horas fue la del diputado de Morena, Juan Ramiro Robledo Ruiz, quien aclaró que el sentido de la resolución presentada al pleno no era para quitarle el fuero a Uriel Carmona o dejarlo con fuero, sino más bien, ni siquiera dar entrada al trámite de desafuero promovido por el Ministerio Público Federal porque el servidor público, como se había expuesto antes, está considerado en el listado de los funcionarios que carecen de inmunidad procesal (fuero) y, en consecuencia, rechazó también que la Cámara estuviera violentando la suspensión definitiva de la que gozaba Carmona Gándara.
La Fiscalía General de la República acusa a Uriel Carmina del delito de ejercicio ilícito del servicio público, debido a que cuando asumió el cargo de Fiscal General del Estado de Morelos aparecía inactivo en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública y no contaba con evaluaciones calificadas.
El expediente físico y electrónico de la Controversia Constitucional promovida por el Congreso de Morelos, formado por el escrito y anexos, se turnó a la ministra que corresponda para que instruya el procedimiento respectivo, según el registro.