En diversos espacios de comunicación tanto fácticos como jurídicos he venido desnudando la burda corrupción con la que se maneja el Tribunal Superior de Justicia, de Morelos, que mal dirige la familia Jasso, y anuncié una serie de acciones jurídicas para combatirlos con la razón y la Ley en la mano.
La primera de ellas es la denuncia de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (lavado de dinero), que ya redacté y presentaremos la próxima semana en la Subprocuraduría Fiscal Federal de Investigaciones de la Procuraduría Fiscal Federal de la Federación de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público.
Como muchos sabemos este delito que vamos a denunciar su bien jurídico tutelado son los dineros de la hacienda pública federal, ya que se presume que existió elusión o defraudación fiscal, por eso quien debe de asumir la calidad de víctima e iniciar la querella o denuncia es la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, del Gobierno Federal, instancia a la cual dirigimos nuestra acción y con la cual vamos a coadyubar en todo momento para que se encuentre la verdad y se procure e imparta justicia.
Así lo aprendí en la Especialidad de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, que estudié en el INACIPE, de la hoy FGR.
Ahora bien, lo que comúnmente se conoce como el delito de “lavado de dinero”, forzosamente tiene que venir de un ilícito precedente, esto alguna vez se analizó en el despacho jurídico Carrancá y Garrigós en relación a una asesoría que dimos al más alto nivel y el elocuente Doctor me comentó algo muy certero más o menos así: “Manuel si el dinero viene sucio por lógica es producto de una acción ilegal”, lo antes escrito va de acuerdo con la historia, teoría y práctica de este flagelo; en este caso los que serán en breve denunciados responden a los nombres de Rubén Jasso Díaz, Felipe Jasso Escobar, Myredd Alexandra Mariscal Villaseñor y los delitos precedentes son los siguientes, por lo cual cito textualmente un fragmento de la denuncia:
“Por lo que producto de la información citada es nítido que José Felipe Jasso Escobar, Rubén Jasso Díaz y Myredd Alexandra Mariscal Villaseñor, cometen en nuestro entero perjuicio tráfico de influencias, el ilícito de desvío de poder y los delitos de: “corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio indebido de funciones”, que con su burdo conflicto de intereses y los delitos mencionados líneas atrás se constituyen en los precedentes que se requieren para acreditar el de Operación con Recursos de Procedencia Ilícita (lavado de dinero).”
Por lo que amable lectora y lector salta de manera inmediata en el caso del mal trecho Presidente del Tribunal Superior de Justicia, del Estado de Morelos, el Doctor en Derecho Rubén Jasso Díaz, en relación a su posible inmunidad o fuero de acuerdo a los artículos 110 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los relativos a la del Estado Libre y Soberano de Morelos, lo que afortunadamente parece estar resuelto de acuerdo a la Ley Federal de Juicio Político, que ya se votó en el Senado de la República en días pasados y volverá a la de Diputados su Cámara de origen.
Pero eso es otra historia porque de todas maneras y como ya se anunció vendrán una serie acciones para que estos delitos no queden impunes producto de los criterios encontrados en relación a la inmunidad o fuero, pero en el caso de la dama y el padre son totalmente justiciables como suelen decir los que saben.
• El autor del Artículo de Opinión es abogado litigante y catedrático de la UNAM.

Por Génesis

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