Por  Minerva Delgado

A partir de ahora, los funcionarios de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización (ESAF) -encargada de la revisión y fiscalización del presupuesto público en Morelos-, tienen expresamente prohibido aceptar regalos y/o beneficios de cualquier ente que esté sujeto a una auditoría, así como filtrar información a medios de comunicación, diputados o al servidor público que está siendo auditado.

Las disposiciones forman parte del Código de Conducta que ha sido publicado en el periódico oficial “Tierra y Libertad” #5859 de fecha 02 de septiembre que se encuentra firmado por la encargada de despacho como Auditor General de la ESAF, América López Rodríguez.

En el amplio documento, obligatorio para todas las personas que desempeñen un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Estado de Morelos, independientemente del nivel jerárquico, función o actividad, los servidores públicos están llamados a desarrollar sus funciones oficiales “sin esperar ni solicitar más beneficios que los señalados en la Ley”.

En ese sentido deben abstenerse de “aceptar regalos y/o beneficios de cualquier ente auditado o de cualquier otra institución, despacho o persona externa que solicite a cambio favores o información institucional; favores a un ente auditado para que contrate a un familiar o a entidades proveedoras; o sacar ventaja de su posición para realizar trámites ante cualquier institución gubernamental; así como de aceptar viajes de vacaciones financiados por una
entidad auditada”.

Los servidores públicos también deben evitar buscar perjudicar a algún servidor público cuya labor está siendo auditada, “debido a animadversiones de carácter personal”, esto con el fin de cumplir con el criterio de preservar la independencia y objetividad de la ESAF en el desarrollo de sus funciones institucionales.

A partir de este Código de Conducta, quienes participan en la realización de auditorías, tienen prohibido emitir observaciones sin la debida motivación, fundamentación y sustento legal.

Y con el fin de cumplir con el criterio de evitar revelar información institucional, derivada de las labores de fiscalización y de asuntos de gestión interna, respetando las disposiciones en materia de transparencia y acceso a la información pública y protección de datos personales, los servidores públicos de la ESAF tienen expresamente prohibido compartir o difundir con ningún medio de comunicación, reporteros o reporteras, despachos de auditorías, ni terceros, los resultados de auditoría que aún no hayan sido publicados; y en el caso de los resultados preliminares de una auditoría, deben abstenerse de entregarle la información a un diputado o diputada así como al servidor público perteneciente al ente auditado.

Asimismo, a partir de este Código de Conducta, los servidores públicos de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización deberán informar a su superior jerárquico sobre cualquier amenaza o riesgo en el desarrollo de sus funciones, “como consecuencia de la situación de inseguridad que pudiese existir en ciertas horas, en algunas zonas del territorio estatal, o en caso de recibir amenazas con motivo del desarrollo de su trabajo, para reforzar las medidas de seguridad y prevenir cualquier tipo de riesgos y eventualmente buscar alternativas que permitan realizar
los trabajos correspondientes”.

Por cuanto a su desempeño en horarios de oficina, tienen prohibido realizar proselitismo o la inducción de preferencias e ideas personales, sean políticas, religiosas o de cualquier otro tipo, que resulten ajenas a las labores técnicas que tienen a su cargo; cualquier tipo de acoso (sexual, físico, psicológico o laboral), o cualquier otra conducta que atente contra la confianza que una persona tiene en su propia dignidad.

Y fuera de los horarios de oficina, los empleados de la ESAF deben evitar afectar la imagen de la institución a partir de su comportamiento en el ámbito personal (como el uso inapropiado de redes sociales, de documentos institucionales como la identificación oficial, riñas y faltas a la moral pública).

En el Periódico Oficial de fecha 02 de septiembre, también se encuentra publicado el Código de Ética de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos, y los Lineamientos para la reanudación de actividades de la ESAF, en el marco de la contingencia del virus SARS-COV2 (Covid-19).

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