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Por ley ya se prohíbe que se pueda exigir a las mujeres un certificado de no embarazo para ser contratadas en un empleo, derivado una propuesta de la diputada Veronica Anrubio Kempis, quien celebró que esto sea una realidad y se comprometió a seguir “trabajando en reformas a favor de todas las mujeres”.
Expuso que se tratada de la adición de un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Morelos, dictaminada por la Comisión de Igualdad de Género del Congreso del estado y publicada el 27 de abril de 2022 en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 6066.
El citado artículo trata de la violencia en el ámbito laboral y el párrafo adicionado indica: De igual manera, constituye violencia en el ámbito laboral la solicitud de certificados médicos de no embarazo como requisito para la contratación, permanencia, promoción o ascenso en el empleo, cargo o comisión; así como el despido por este motivo, o bien, la coacción directa o indirecta para que renuncie; así como la discriminación o menoscabo de sus derechos con motivo de su estado de gravidez o embarazo, o por estar en periodo de lactancia.
“Con esta ley apoyamos la igualdad de género y a las mujeres que buscan una independencia económica en su vida”, destacó al legisladora al señalar que con la exigencia de los certificados de no embarazo se vulneran, discriminan y violentan los derechos laborales.
Consideró que las mujeres se han integrado paulatinamente al mercado laboral, pero aún existen diferencia en el trato que se les da, respecto del que reciben los hombres; por ello su iniciativa, que buscaba precisamente “que las mujeres no tuvieran que ir a un laboratorio para un certificado de no embarazo, el cual si daba positivo perjudicaba para obtener un trabajo, así fueras la más capaz para desempeñarlo, y también vulneraba tus derechos”.