Por Minerva Delgado

El refinanciamiento por un monto de seis mil 592 millones de pesos que el Congreso local le autorizó al gobierno de Cuauhtémoc Blanco en diciembre de 2020, es actualmente motivo de ‘análisis’ por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a partir de la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Morelos (CDHEM).

En entrevista, el ombudsperson Raúl Israel Hernández Cruz, explica que la LIV legislatura omitió llevar a cabo uno de los requisitos indispensables para argumentar la solicitud de refinanciamiento, y eso tenía que ver con un análisis previo respecto del destino y capacidad de pago del gobierno estatal. Aspectos que no se cumplieron.

«Desde nuestro punto de vista el decreto legislativo impugnado, violó la Constitución Federal, específicamente un artículo (117 constitucional) que obliga a las legislaturas locales a que antes de aprobar un refinanciamiento de esta naturaleza, tengan que evaluar la capacidad de pago del gobierno, así como hacer un estudio de vialidad», abundó.

Agrega que con base en el decreto aprobada en diciembre del año pasado, los legisladores únicamente asentaron que la capacidad de pago «se da por sentada porque ya existe un refinanciamiento previamente aprobado». Aunque más bien lo que se quería era una prueba pericial en materia financiera y contable, en la que se diga que el refinanciamiento es viable.

En la demanda presentada, con fecha 02 de febrero de 2021, el ombudsperson morelense hace notar que la omisión del Congreso representa un fraude a la Ley.

-¿Por qué a la CDHEM le interesa impugnar un decreto que aprueba un refinanciamiento?

– «Porque el efecto del refinanciamiento es la disposición de recursos actuales de una manera discrecional para aplazar la deuda previamente contratada por el gobierno de Morelos, y esto lo que hace es que para pagar la deuda a un tiempo mayor se tengan que ocupar recursos públicos provenientes de impuestos para cumplir con esas obligaciones, y eso tiene un efecto de detrimento en el gasto público en los servicios a cargo del Estado como lo son la salud, la educación, la obra pública y en fin, una serie de programas con contenido social».

La acción de inconstitucionalidad presentada por la CDHE se encuentra admitida y ya ha sido enviada a un ministro para su análisis; por ahora se está a la espera de que se elabore el proyecto de la sentencia y se envié al pleno de la Suprema Corte de Justicia para su votación.

Antes de concluir la entrevista, Hernández Cruz dijo que confía en poder demostrar la ilegalidad cometida por los integrantes de la LIV legislatura en la aprobación del refinanciamiento millonario, como ya sucedió en otro momento cuando a partir también de una acción de inconstitucionalidad se declaró que la mayoría calificada en el Congreso era de 14 votos y no 13 a partir de los cuales el pleno legislativo había concretado la aprobación de varias reformas e incluso nombramientos.

 

 

 

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